3.Como se explica en el apartado d) del párrafo 2 del artículo 7 del Estatuto de la Corte Penal Internacional, que puede considerarse que codifica el derecho internacional consuetudinario en la materia, por deportación o traslado forzoso de población se entiende el desplazamiento de las personas afectadas, por expulsión u otros actos coactivos, de la zona en que estén legítimamente presentes, sin motivos autorizados por el derecho internacional.
《国际刑事法院规约》第7条第(2)款(d)项可被视为编纂关于此事项的国际习惯法,其中阐明驱逐出境或强迫迁移人口是指在缺乏国际法容许的理由的情况下,以驱逐或其他胁迫
为强迫有关的人迁离其合法居住的地区。